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Jefa carrera de Terapia Ocupacional expone ante equipo técnico del MINVU y SERVIU

Karla Hernández fue invitada a presentar el "Manual de Buenas Prácticas de Vivienda Accesible".

Viña del Mar 27 de mayo de 2021

El objetivo de la jornada fue la difusión de un manual creado a través de la Agenda de Inclusión Social – EJE Accesibilidad Universal del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso (MINVU), cuyo documento que recoge los parámetros básicos que deben ser considerados a la hora de diseñar viviendas accesibles para todas las personas y cuyo fin es ser un aporte para mejorar el trabajo en la línea de accesibilidad universal para la construcción de viviendas bajo el decreto supremo N° 49.

La presentación de dicho manual estuvo a cargo de sus autores, Karla Hernandez Pérez, jefa de carrera de Terapia Ocupacional y el arquitecto, Cristián Barrientos Loma-Osorio. Al respecto la académica UVM precisó que «este material busca contribuir a mejorar las características de accesibilidad de las personas con discapacidad beneficiarias de los programas habitacionales a través de sugerencias específicas desde la perspectiva de la diversidad y en este caso desarrollado de manera interdisciplinaria para favorecer una perspectiva centrada en las personas y su individualidad».

Por su parte el arquitecto Cristian Barrientos agregó que «hay que considerar el DS Nº 50 como la base sobre la cual comenzar a analizar los diferentes espacios que componen una vivienda y de la forma en la que estos se implementan (mobiliario, domótica o ayudas técnicas), esto con el fin de generar soluciones que permitan un uso integral y autónomo de la misma», acotó.

Decreto Supremo N°50

El DS 50 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), establece exigencias que esperan asegurar igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, especialmente aquellas que son usuarias de sillas de ruedas.

Dentro de los principales cambios está la incorporación de los conceptos de accesibilidad universal y diseño universal (ambos extraídos de la Ley 20.422). Según esta ley, la primera se refiere a “la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma y natural posible”.

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