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Mayo es el mes en que celebramos a las madres, y en estas fechas suele resonar la frase “madre hay una sola”, como si la maternidad fuera un concepto unívoco, cerrado e inmutable. Sin embargo, en un mundo donde las formas de ser madre se han multiplicado y diversificado, ¿sigue siendo válida esa expresión? ¿Qué dice nuestro derecho al respecto?
En los últimos años, la visión tradicional de la maternidad ha sido cuestionada. Los cambios culturales, sociales y jurídicos han ampliado el concepto de lo que significa ser madre. Modelos familiares diversos, técnicas de reproducción asistida, maternidad subrogada y fallos judiciales muestran que la maternidad no puede reducirse a una sola definición fija. La idea de que “madre hay una sola” resulta, entonces, cada vez más insuficiente.
En Chile, el Código Civil define en su artículo 183 que “la maternidad está determinada por el parto”. Esta concepción, aunque clara, es limitada: no contempla elementos como la voluntad, el vínculo genético o la función afectiva en la crianza. Tal rigidez genera conflictos, especialmente en casos de maternidad subrogada, donde la ley no regula claramente quién es la madre legal: la gestante o la comitente. Además, surgen preguntas jurídicas sobre la identidad y los derechos de los niños nacidos mediante estas técnicas.
En 2021, un fallo del Segundo Juzgado de Familia de Santiago reconoció la co-parentalidad en una gestación subrogada en el extranjero, inscribiendo a un niño con dos madres y señalando que “la maternidad no se agota en el hecho biológico, sino que se proyecta en los afectos y en la parentalidad efectiva”. Otro caso, en 2018, reconoció a una mujer como madre de dos niñas nacidas por fertilización in vitro, en un fallo que priorizó los vínculos afectivos sobre el mero hecho del parto.
Estos fallos reflejan una visión más amplia, alineada con el interés superior del niño, que reconoce que la maternidad va más allá de lo biológico. La ley, sin embargo, sigue anclada en una concepción rígida, que no contempla las nuevas realidades sociales. La falta de regulación específica sobre la maternidad subrogada en Chile genera incertidumbre y vulnera los derechos de las partes involucradas, especialmente los derechos de los niños.
Mg. Constanza Mondaca Contreras, docente y coordinadora de la Clínica Jurídica UVM.
El proyecto de ley en tramitación, (boletín 17377-07) que busca prohibir y sancionar la maternidad subrogada evidencia esta problemática, sin embargo, se limita a prohibirla sin ofrecer soluciones concretas para los niños nacidos bajo esa modalidad, solo perpetúa la incertidumbre jurídica y deja sin protección a quienes nacen de estas prácticas.
Frente a esta realidad, algunos tribunales han optado por interpretaciones innovadoras, basadas en principios de justicia material, que reconocen la maternidad a quien participa activamente en la crianza, más allá del vínculo biológico. La frase “madre hay una sola”, por lo tanto, resulta cada vez más insuficiente para describir la pluralidad de formas de maternidad existentes.
Hoy en día, la maternidad puede ser ejercida por una madre biológica, una madre adoptiva, una madre comitente en la subrogación, o incluso por una mujer que, sin vínculo genético ni gestacional, ha criado y amado a un niño como propio. La sociedad y el derecho deben adaptarse a esta diversidad.
La evolución legal y jurisprudencial, tanto en Chile como en otros países, nos invita a reformular el concepto de maternidad. Es necesario reconocer formalmente la voluntad procreacional y la
parentalidad social, garantizando así los derechos de las madres y, fundamentalmente, protegiendo el bienestar de los niños.
En este mes en que celebramos a las madres, la verdadera pregunta no es si “madre hay una sola”, sino si nuestras leyes están preparadas para reconocer y proteger todas las formas legítimas de ejercer la maternidad. La definición jurídica debe reflejar la realidad social y garantizar el amor, la protección y la responsabilidad que todos los niños necesitan para crecer en familias diversas y plenas.
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